Es una enorme satisfacción poder ayudar a todas las empresas clientes de SAGE y a su canal para poder adecuarse a los nuevos requerimientos de la Directiva UE 2019/1937 sobre alertadores, de conformitat también con el RGPD y la LOPDGDD, con una solución de canal de denuncias tan eficiente y económica como co-resol.
Pero además de cumplir con los nuevos requerimientos y evistarse posibles multas, el canal ético o canal de denuncias es una excelente manera para las empresas de cualquier tamaño de protegerse contra posibles fraudes y de dar ejemplo de RSC.
Este pasado 26 de octubre, en el marco del ciclo sobre Compliance organizado por la patronal PIMEC conjuntamente con la World Compliance Association, nuestro CEO llevó a cabo un charla sobre canales de denuncia y la nueva Directiva UE 2019/1937.
En la parte final del webinar, se mostró de manera práctica como co-resol es conforme a los requerimientos de la nueva directiva, así como a los del RGPD y la LOPDGG.
La patronal de la Micro, pequeña y mediana empresa de Catalunya, PIMEC, ha firmado un acuerdo de colaboración y distribución de la solución de canal ético o canal de denuncias co-resol a sus empresas asociadas.
¡Una excelente noticia!
De este modo se complementan diferentes servicios alrededor de los protocolos por acoso laboral y por acoso sexual o por razón de sexo ya ofrecidos por la patronal, así como se acerca a las empresas el Compliance al tiempo que se las prepara para la próxima llegada de la Directiva de la Unión Europea sobre alertadores.
La nueva Directiva (UE) 2019/1937 hará que en los próximos 2 años (de finales de 2021 a 2023, según el número de trabajadores) en España y otros países de la Unión sea obligatoria la implementación de una herramienta de comunicación con la empresa para informar sobre alertas o irregularidades detectadas.
Más allá de ser una pieza clave en el sistema de Compliance de las compañías ya que nos permite prevenir riesgos, en este podcast analizaremos con Josep Fígols, CEO de co-resol, las posibilidades que también nos aporta esta solución para aumentar la comunicación y la confianza con los diferentes grupos de interés de las organizaciones.
Disponible en Apple Podcasts, Ivoox, Google Podcast, Spreaker, Spotify, Amazon Music… También en la web www.compliancepills.com y en la nueva página “Compliance pills” de Linkedin!
Cada vez son más las startups que consiguen sobrepasar el “valle de la muerte” y ven que su modelo de negocio se convierte en exitoso.
Es cierto que las estadísticas nos recuerdan implacables que 9 de cada 10 startups acaban en fracaso (siempre que hablo de este porcentaje me vienen a la mente imágenes de esas pequeñas tortuguitas recién salidas del cascarón que intentan atravesar la playa para llegar al mar … de las que solo 1 de cada 1.000 llegará a la vida adulta).
Pero en este 2021 ya tenemos la suerte de ver consolidadas a muchas startups. Y no hablo solo de los unicornios que nos pueden venir inmediatamente a la mente. Centenares de startups han cruzado su particular Rubicón y otras muchas están a las puertas. Además, la recuperación postpandemia y la disponibilidad de fondos de los inversores nos ha de hacer optimistas al respecto.
Hablo de startups, por tanto, de empresas en las que no es necesaria la transformación digital, ya que nacen ya transformadas.
Hablo de startups, de empresas dinámicas, de empresas donde el capital humano es, aún más si cabe, pieza clave para alcanzar esa misión en la que están embarcadas.
Y es en estas startups donde visualizo al canal ético como una pieza indispensable y tremendamente eficiente para su día a día.
El canal ético para unir, para escuchar, para cohesionar al equipo.
El canal ético para consolidar la imagen reputacional de innovación y transparencia.
El canal ético, no lo olvidemos, para cumplir con la normativa vigente. Pero también, para ir más allá, para ser ejemplares en temas como la prevención del acoso sexual o por razón de sexo, o del acoso laboral o mobbing, o de cualquier tipo de discriminación (raza, religión, orientación sexual…).
Por todo ello, desde co-resol, canal ético o de denuncias creado por una startup, con las últimas características tecnológicas y de funcionalidades, ágil, eficiente, nos ponemos a disposición de cada miembro individual del colectivo startup para explorar, si no lo han hecho ya, los beneficios que les aportará su implantación.
Startups como ejemplo a seguir. Si deseas unirte a ellas, no lo dudes, contáctanos.
Como nos advierte el dicho, el diablo está en los detalles. Y es que nuestra experiencia nos ha demostrado que muchos canales éticos o de denuncias actualmente en el mercado no incorporan, o no realizan adecuadamente, una función esencial del cumplimiento normativo: la obligatoria supresión de los datos personales del denunciante y de los afectados, en los plazos fijados por la normativa de protección de datos.
Efectivamente, el artículo 24.4, Sistemas de información de denuncias internas, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la LOPDGDD, dice textualmente que:
“Los datos de quien formule la comunicación y de los empleados y terceros deberán conservarse en el sistema de denuncias únicamente durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados.
En todo caso, transcurridos tres meses desde la introducción de los datos, deberá procederse a su supresión del sistema de denuncias, salvo que la finalidad de la conservación sea dejar evidencia del funcionamiento del modelo de prevención de la comisión de delitos por la persona jurídica. Las denuncias a las que no se haya dado curso solamente podrán constar de forma anonimizada, sin que sea de aplicación la obligación de bloqueo prevista en el artículo 32 de esta ley orgánica.
Transcurrido el plazo mencionado en el párrafo anterior, los datos podrán seguir siendo tratados, por el órgano al que corresponda, conforme al apartado 2 de este artículo, la investigación de los hechos denunciados, no conservándose en el propio sistema de información de denuncias internas.”
Y como no basta con el qué, en los canales éticos o de denuncia también es importante el cómo: Cumplir con la LOPDGDD no es una opción, es una obligación.
En co-resol, el innovador canal ético o de denuncias de BCN RESOL, el procedimiento legal de anonimización está perfectamente integrado en el propio diseño de la plataforma y se activa de una manera muy ágil, como todas sus otras funcionalidades, para beneficio de las organizaciones usuarias.
“Y no solo disponible para los empleados, sino también para proveedores, clientes y público en general. Ha sido una de las mejores decisiones que he tomado”.
Quien así se expresa es el propietario de una empresa de tamaño medio después de comprobar los beneficios palpables que la implantación de dicho canal ha tenido en el día a día de su empresa.
Y eso que tomar la decisión no fue fácil. Venció reticencias propias y ajenas gracias al buen consejo del bufete de abogados que le ayudaron en materia de cumplimiento normativo.
Todo han sido ventajas, nos comenta:
· “De manera clara pongo de manifiesto mi voluntad de compromiso ético.”
· “Disminuyo riesgos. Si hay algún comportamiento o situación no adecuada, lo podemos conocer internamente cuanto antes y actuar en consecuencia. Es como un seguro.”
· “Estamos ya preparados para el futuro. No nos preocupa, al contrario, la próxima Directiva Europea, por ejemplo.”
· “Hemos podido escuchar y aprobar un par de peticiones internas que no nos habían llegado antes por otros caminos y que han tenido un efecto de cohesión interna inmediato. Muy importante en estos momentos de teletrabajo.”
Y tres son los puntos que considera han sido claves en el proceso de puesta en marcha:
· “Que se note mi compromiso y el de todo el equipo directivo en el proyecto”
· “Comunicación, comunicación. Interna y externa. Darlo a conocer”
· “Actuar rápidamente en los temas que nos han llegado y que se sepa que así es”
Y, por cierto, “tampoco han sido tantos los casos gestionados. Poca carga de trabajo y mucha efectividad”.
“Espero poder ayudar con mi experiencia a otras organizaciones a dar el paso”. ¡Seguro que sí!
Y con una dirección de email no basta … Un buen ejemplo lo tenemos en co-resol.
Empresas e instituciones de múltiples sectores de actividad ya disfrutan de esta solución como canal ético.
Los tiempos actuales que estamos viviendo como sociedad ponen aún más de manifiesto la necesidad de reforzar los valores éticos en todos los ámbitos de las relaciones humanas. Y esta necesidad se ejemplifica en las organizaciones, ya sean empresas privadas o administraciones públicas. Las organizaciones serán éticas o no serán. Y a partir de ya.
Según datos del Informe del Ethics and Compliance Institute (ECI) de 2019, el 48% de los trabajadores en Europa afirma que no tiene compromiso con los valores de su organización, y el 61% no ve que exista liderazgo ético en la misma. Si tenemos en cuenta que estos datos son pre-COVID, la situación excepcional que estamos viviendo este 2020 no habrá hecho más que acentuar esta tendencia.
Las organizaciones con falta de compromiso y liderazgo ético difícilmente saldrán indemnes de la profunda transformación global que vivimos. Es más, un buen número de ellas, tristemente desaparecerán.
Por el contrario, aquellas donde ya existía cohesión, donde se compartía una visión basada en el compromiso y el buen gobierno, muy probablemente no sólo sobrevivirán, sino que saldrán reforzadas. En ellas, la situación de teletrabajo, por ejemplo, no ha sido un hándicap importante. Se ha seguido adelante sin especiales contratiempos. Es más, en muchos casos se ha abierto la puerta de manera natural a nuevas dinámicas de trabajo que facilitan la conciliación y la resolución de necesidades puntuales, sin por ello bajar la productividad; más bien al contrario.
Esta cohesión ética es básica, pero no suficiente. La organización, si no lo ha hecho ya, debe dar un paso adelante en otra dirección absolutamente fundamental: la transformación digital auténtica.
Y con ‘auténtica’ no me refiero a la incorporación de herramientas TIC. Hay que repensar procesos, adecuarlos a las nuevas necesidades, y, eso sí, apoyarnos en las TIC para facilitarlo.
Transformación ética y transformación digital unidas permiten a las organizaciones y a sus integrantes no ver la “nueva realidad” con temor, sino como un paso más en el que avanzarán de manera positiva y con confianza. Y en este punto, afortunadamente, encontramos organizaciones de todos los sectores de actividad y tamaño. Sin duda, una buena noticia.
Algunos se estarán preguntando dónde confluyen la transformación ética y la transformación digital: en el canal ético.
Un canal de comunicación seguro, confidencial, por el cual todos los stakeholders de la organización pueden comunicarse con la organización para alertar sobre conflictos o sugerir mejoras.
No hablo de simple correo electrónico. Hablo de una solución ágil y segura, como lo es co-resol, que se convierta en un canal de confianza y de cohesión interna. Porque cada vez más la ética y la confianza determinarán la reputación de la organización.
En definitiva, transformación ética, transformación digital, y de verdad, no en apariencia.
No parece tan difícil ¿verdad? Pero condicionará el futuro de las organizaciones.
El canal ético, más que una obligación, una oportunidad de transformación digital y ¡ética!
Me sigue sorprendiendo la cantidad de empresas e instituciones que cuentan con un canal de denuncias, ya sea interno para empleados o un canal abierto a cualquier stakeholder, que se reduce a una dirección de correo electrónico.
Pero aún me sorprende más que esto no sea cosa del pasado, sino que constantemente aparecen noticias de nuevas organizaciones que, después de haber hecho un gran esfuerzo de creación de un Código Ético y de unos procedimientos de Cumplimiento Normativo, o de haber aprobado normativa específica de protección frente al blanqueo de capitales o de haber creado un Protocolo contra el Acoso Sexual o contra el Acoso Laboral, restringen su “canal ético” o “canal de denuncias” a un simple buzón de correo electrónico.
Y es una lástima.
Es una lástima, por tres grandes motivos:
· Porque estas organizaciones, probablemente sin saberlo, dejan de cumplir requerimientos legales de confidencialidad y seguridad (*) que deben proporcionar los canales éticos o de denuncias.
· Porque, de facto, ponen barreras a la entrada de alertas, es decir, tiran piedras contra su propio tejado: Quien quiera estar seguro/a de que su alerta será gestionada de manera segura y confidencial, probablemente no se fiará de un email. Quien quiera alertar de manera anónima para evitar posibles represalias, no utilizará un e-mail. Es, por tanto, un canal que poca gente usará.
· Porque hoy en día es muy fácil sustituir o complementar esta dirección de email con una verdadera solución de canal ético o de denuncias, ya diseñada para asegurar el cumplimiento normativo y para facilitar el uso del mismo, tanto por parte de quien hace la alerta como por parte de quienes, dentro de la organización, deben gestionarla.
Efectivamente, herramientas como co-resol se han construido teniendo en cuenta todos los requisitos de seguridad para garantizar la confidencialidad del denunciante y para facilitar la gestión de denuncias en las organizaciones. Su adopción aporta garantía de cumplimiento de la legalidad aprobada y es un elemento reputacional interno y externo para la organización. Ayuda a digitalizar la organización, a aprender de sus experiencias y a prevenir y corregir actuaciones, contribuyendo a su transformación en una organización comprometida con la ética.
Si la denuncia solo puede hacerse por correo electrónico, no sólo existe riesgo de intercepción y modificación que puede, por tanto, perjudicar gravemente la confidencialidad de los datos aportados a una denuncia, sino que se dificulta enormemente la posibilidad de realizar denuncias anónimas, hoy admitidas a tenor del art. 24 LOPDGDD
Además, la nueva Directiva europea (UE) 2019/1937, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, que entrará en vigor en Diciembre 2021 y afectará a las empresas de más de 50 trabajadores y administraciones de población superior a 10.000 habitantes, no solo obliga a establecer canales de denuncia interna, sino que explicita la necesidad de que su diseño, establecimiento y gestión sean seguros, a fin de garantizar la confidencialidad de la identidad del denunciante.