5 (importantes) razones para disponer ya de un canal de denuncias

Las hay, existen, y de todos los tamaños y sectores de actividad. Organizaciones, empresas y administraciones que no han esperado a que la transposición de la Directiva europea de alertadores las obligue bajo sanción a disponer de un canal ético o de denuncias de determinadas características.

Y bien satisfechas que están de tenerlo ya.

De manera sencilla, han dado un paso adelante que les permite disfrutar desde ya de 5 ventajas competitivas:

1.      Mejora de la cohesión interna: Los trabajadores de la empresa o de la administración agradecen enormemente esta nueva posibilidad de ser escuchados. Conceptos como bienestar psicológico o felicidad en el puesto de trabajo se afianzan gracias al nuevo canal de comunicación. Tolerancia cero contra el acoso sexual o por razón de sexo, y el acoso laboral o mobbing, por fin se puede llevar a la práctica de manera eficiente. Además, facilitación de la cultura de resolución alternativa de conflictos.

2.      Mejora de la reputación externa: Disponer de un verdadero canal ético, no una simple dirección de correo o un formulario gris, se convierte en un intangible de gran valor para la comunicación hacia todos los stakeholders y público en general. Ejemplo de RSC y buen gobierno. Por no hablar del ejemplo mostrado de transformación digital. Ahora es el mejor momento, no tanto cuando ya cualquier organización disponga de ello. Y si se abre a los clientes, proveedores y público en general, aún mejor.

3.      Seguro interno: Se considera que alrededor del 5% de la facturación de las empresas se pierde de promedio por fraudes internos … al tiempo que también se reconoce que la mejor manera de conocer de su existencia cuanto antes y poder actuar (y evitar que situaciones similares se reproduzcan de cara al futuro) es disponer de un eficiente canal ético o de denuncias. No es un gasto, es una inversión.

4.      Cumplimiento penal y normativa legal: Ya sea por la responsabilidad penal de las personas jurídicas, la normativa de prevención del blanqueo de capitales, la obligatoriedad de los Planes de Igualdad … y al mismo tiempo por los dictados de la LOPDGDD y el RGPD, ya a día de hoy son muchas las entidades que por ley deben disponer de un canal de alertas de unas determinadas características y son susceptibles de ser sancionadas caso de no disponer de él.

5.      Compliance: Un paso adelante, compromiso ético de buen gobierno y con la sociedad. It’s worth, isn’t it?

En algún caso, prevalecerá una ventaja en concreto, en otros, otras, pero las 5 importan.

Y desde co-resol queremos poner fácil a las entidades, sea cual sea su número de empleados o su sector de actividad, poder disponer de manera rápida y económica de un canal ético innovador, seguro y eficiente.

Nos podéis contactar directamente o a través de nuestros colaboradores-distribuidores que además serán capaces de aportar valor añadido si lo necesitáis en algún aspecto concreto.

Un saludo,

Josep Figols Marín

Socio cofundador y CEO de BCN RESOL

(Nota: Este artículo fue publicado inicialmente en LinkedIn)